Como hemos ya conversado, la Facultad ofrece la publicación de trabajos en su web site en torno a este tema.
Los escritos pueden ser desde reflexiones sobre sentimientos o impresiones personales "sociologizadas" hasta elaboraciones más ceñidas a conceptos relacionados con los movimientos de DDHH, la memoria, el papel de la justicia, el contexto político, etc.
Desde lo personal a mí me llamaron la atención tres cosas: 1)De la lectura del pedido de elevación a juicio, la gran cantidad de personas secuestradas en las cercanías de donde yo vivía por esas épocas. Lugares por donde pasaba muy frecuentemente. 2)El pedido bastante lastimoso de los imputados de no participar de las audiencias públicas y uno de ellos de retirarse de la misma. 3) El hecho de haber compartido el mismo auditorio que los familiares y amigos de los imputados donde a simple vista se veía que había un fuerte corte generacional y donde se produjo el hecho inusual de que una de Uds. se encontró con una persona con la que tiene contacto a través de la actividad laboral y que ahí conversando con él se enteró que era ¡el hijo de uno de los imputados!. Quizás esto amerite un buen trabajo sociológico: no hay material que yo conozca sobre los hijos de los represores. 4) Yo fui con mi hijo mayor y para mi total sorpresa en un momento ¡se quedó dormido!.
Bueno pueden colgar aquí sus impresiones o reflexiones.
Bienvenidos, este es el espacio de trabajo de la materia optativa 2021 "Antagonismo social y teoría de las clases. Debates y perspectivas contemporáneas de dos conceptos escurridizos" de la Carrera de Sociología. Aquí tanto docentes como alumnos pueden proponer consignas para trabajar los textos, material de interés, ejes para debatir o dudas sobre cualquier cosa. Esperamos tu participación y que el blog entre en movimiento es decir sea movilizador y movilizado.
viernes, 18 de junio de 2010
lunes, 7 de junio de 2010
TRABAJO PRÁCTICO UNIDAD 3. TEXTOS DE DAHRENDORF, POULANTZAS, PRZEWORSKY Y RUDE
Elija una consigna de cada autor. Colgar antes de la clase del 21/06. La próxima clase del 14/06 es virtual.
Dahrendorf
a) Que le parecen las objeciones hacia el concepto de “interés objetivo” de Marx y su propuesta de intereses latentes.
b) Proponga un análisis de condiciones empíricas de constitución de clases (técnicas, políticas y sociales) con un ejemplo tomado de Argentina o A. Latina.
Poulantzas
a) ¿Qué le parece el planteo de que las clases deben analizarse en el marco de relaciones sociales y no de relaciones estructurales.?
b) ¿Que le parece la crítica a Marx de la p.87 acerca del esquema de paso de la clase en sí a clase para sí.?
c) Proponga un ejemplo en el que se vea la preeminencia del nivel político en la constitución de las clases.
Przeworski (una de las 3)
a) Lea p. 67 sobre la concepción canónica de Kautsky sobre la relación entre la clase económica y el Partido y la p. 73 sobre la aparición de las clases medias y la desaparición de la homogeneidad proletaria. ¿Cuáles son sus consecuencias políticas?
b) Lea p. 83-99 donde se desarrolla la idea de las clases como efectos de las luchas y de luchas sobre clases y no entre clases previamente constituidas. La clase no es un concepto que designe la pertenencia de individuos a un colectivo sino que designa relaciones entre individuos y la lucha es la que organiza, desorganiza y reorganiza dichas relaciones. ¿Es mucho pedir que intente aplicar esta idea al proceso social de la Argentina de los 90'.?
c) Lea el postsciptum y opine sobre el individualismo metodológico aplicado al concepto de clase social y de lucha de clases.
Rude
a) ¿Qué le parece el planteo tradicional dentro del marxismo acerca de la “falsa conciencia” de acuerdo al raconto que hace Rudé?
b) Proponga algún ejemplo situado en nuestro país o nuestra historia de conformación de la ideología de la protesta popular.
Dahrendorf
a) Que le parecen las objeciones hacia el concepto de “interés objetivo” de Marx y su propuesta de intereses latentes.
b) Proponga un análisis de condiciones empíricas de constitución de clases (técnicas, políticas y sociales) con un ejemplo tomado de Argentina o A. Latina.
Poulantzas
a) ¿Qué le parece el planteo de que las clases deben analizarse en el marco de relaciones sociales y no de relaciones estructurales.?
b) ¿Que le parece la crítica a Marx de la p.87 acerca del esquema de paso de la clase en sí a clase para sí.?
c) Proponga un ejemplo en el que se vea la preeminencia del nivel político en la constitución de las clases.
Przeworski (una de las 3)
a) Lea p. 67 sobre la concepción canónica de Kautsky sobre la relación entre la clase económica y el Partido y la p. 73 sobre la aparición de las clases medias y la desaparición de la homogeneidad proletaria. ¿Cuáles son sus consecuencias políticas?
b) Lea p. 83-99 donde se desarrolla la idea de las clases como efectos de las luchas y de luchas sobre clases y no entre clases previamente constituidas. La clase no es un concepto que designe la pertenencia de individuos a un colectivo sino que designa relaciones entre individuos y la lucha es la que organiza, desorganiza y reorganiza dichas relaciones. ¿Es mucho pedir que intente aplicar esta idea al proceso social de la Argentina de los 90'.?
c) Lea el postsciptum y opine sobre el individualismo metodológico aplicado al concepto de clase social y de lucha de clases.
Rude
a) ¿Qué le parece el planteo tradicional dentro del marxismo acerca de la “falsa conciencia” de acuerdo al raconto que hace Rudé?
b) Proponga algún ejemplo situado en nuestro país o nuestra historia de conformación de la ideología de la protesta popular.
martes, 1 de junio de 2010
INFORMACION SOBRE LAS AUDIENCIAS POR LOS JUICIOS A REPRESORES
Date: Mon, 31 May 2010 23:41:40 -0300
Subject: H.I.J.O.S.- 3/6, 14 hs.: PENAL CONTRA LA IMPUNIDAD- comienza Juicio a 6 represores de "Automotores Orletti"
From: giselle@hijos-capital.org.ar
EN EL MES DEL MUNDIAL: ¡PENAL CONTRA LA IMPUNIDAD!
PONETE LA CAMISETA POR EL JUICIO Y CASTIGO A LOS GENOCIDAS
¡Y VENÍ A PATEAR POR LA JUSTICIA!
Jueves 3/6, 14:00 horas- actividad frente a los Tribunales de Comodoro Py 2002 - Retiro
COMIENZA EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO A SEIS REPRESORES DEL EX CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN, TORTURA Y EXTERMINIO "AUTOMOTORES ORLETTI"
H.I.J.O.S.
Gacetilla de prensa
Nuevo Juicio a represores en la Ciudad de Buenos Aires
El jueves 3 de junio a las 10:00 horas comenzarán a ser juzgados seis responsables del ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio "Automotores Orletti", ubicado en Venancio Flores 3519/21-Floresta, que dependía del Primer Cuerpo del Ejército Argentino en conexión con el de Uruguay y con la Superintendencia de Policía Federal, que dirigía los interrogatorios y las torturas.
El espacio funcionó entre mayo y noviembre de 1976 como un Centro Clandestino en el que hubo alrededor de 300 detenidos-desaparecidos, de los cuales sólo unos pocos sobrevivieron. Bajo la fachada de un taller de reparación de automóviles, Orletti fue utilizado como base principal de las fuerzas de inteligencia de Chile, Paraguay, Brasil, Bolivia y Uruguay, que operaban en la Argentina en el marco del “Plan Cóndor”. Hoy, el espacio fue recuperado para la promoción y defensa de la memoria y los Derechos Humanos
A los genocidas se los juzgará por los crímenes cometidos contra 65 de sus víctimas, entre las que se encuentran Carlos Hiber Santucho, Manuela Santucho, Cristina Silvia Navaja de Santucho, Carolina Sara Segal, Néstor Adolfo Rovegno, Marcelo Ariel Gelman Shubaroff y Nora E. Gelman Shubaroff.
Los imputados en este juicio son los genocidas Néstor Horacio Guillamondegui, Rubén Víctor Visuara, Eduardo Rodolfo Cabanillas, Honorio Carlos Martínez Ruíz, Raúl Antonio Guglielminetti (actualmente también imputado por el TOF 2 en la causa por crímenes en los centros Atlético-Banco-Olimpo) y Eduardo Alfredo Ruffo.
El Juicio se desarrollará en la Sala SUM de los Tribunales de Comodoro Py 2002 (Retiro), a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1, integrado por los jueces Oscar Ricardo Amirante, Jorge Gestas y Adrián Grünberg. La Causa es la Nro. 1627 y se caratula “GUILLAMONDEGUI, Néstor Horacio y otros s/ privación ilegal de la libertad agravada y otros”.
ACREDITACIONES: 9:30 horas en el 6º piso de los Tribunales de Comodoro Py 2002, Retiro. Mayores de 18 años con DNI o pasaporte.
LOS JUZGA UN TRIBUNAL, PERO LOS CONDENAMOS TODOS
H.I.J.O.S.
Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
15 años
www.hijos-capital.org.ar
hijos@hijos-capital.org.ar
Date: Sun, 30 May 2010 23:35:34 -0100
Subject: De H.I.J.O.S., para los periodistas: nuevo Juicio y permiten tomar imágenes!
From: giselle@hijos-capital.org.ar
Compañeros y compañeras:
Hola. Nos ponemos en contacto con ustedes, una vez más, porque el jueves 3 de junio a las 10:00 horas comenzará otro Juicio oral y público a genocidas. En este caso será el Juicio por el ex Centro Clandestino "Automotores Orletti", cuya primer audiencia será en la Sala AMIA, ubicada en el subsuelo de los Tribunales de Comodoro Py 2002 (las siguientes serán en la Sala SUM). El Tribunal a cargo es el Oral en lo Criminal Federal Nº 1.
Una vez más les pedimos su apoyo para luchar juntos por la publicidad plena de estos debates. Sabemos que juntos podemos más, y ustedes, con sus cámaras, son imprescindibles. Por eso los convocamos a acreditarse para la audiencia, enviando previamente un e-mail a prensa.poderjudicial@csjn.gov.ar Además, les adjuntamos la cédula emitida por el Tribunal, en la que expone los criterios de cobertura. Como podrán leer ahí, el Tribunal permite tomar imágenes de los imputados.
Esperamos contar con ustedes, una vez más. Y les pedimos que reproduzcan este mensaje entre los compañeros de prensa que puedan sumarse.
Luego, a las 14:00 horas comenzará la actividad en la puerta de los Tribunales.
LOS JUZGA UN TRIBUNAL, LOS CONDENAMOS TODOS.
PONETE LA CAMISETA POR EL JUICIO Y CASTIGO
H.I.J.O.S.
Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
15 años
hijos@hijos-capital.org.ar
www.hijos-capital.org.ar
MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL JUICIO:
El jueves 3 de junio comenzará otro Juicio oral y público por los crímenes cometidos durante la última dictadura cívico-militar. Esta vez será el turno de juzgar a los genocidas Néstor Horacio Guillamondegui, Rubén Víctor Visuara, Eduardo Rodolfo Cabanillas, Honorio Carlos Martínez Ruíz, Raúl Antonio Guglielminetti (quien además es juzgado por el circuito represivo Club Atlético-Banco-Olimpo, ABO) y Eduardo Alfredo Ruffo.
Los seis represores serán juzgados por su participación en el ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio "Automotores Orletti", ubicado en Venancio Flores 3519/21-Floresta, que dependía del Primer Cuerpo del Ejército Argentino en conexión con el de Uruguay. Además, la Superintendencia de Policía Federal dirigía los interrogatorios.
El espacio, que fue recuperado para la promoción y defensa de la memoria y los Derechos Humanos, entre mayo y noviembre de 1976 funcionó como un Centro Clandestino en el que hubo alrededor de 300 detenidos-desaparecidos, de los cuales sólo unos pocos sobrevivieron. Bajo la fachada de un taller de reparación de automóviles, Orletti fue utilizado como base principal de las fuerzas de inteligencia de Chile, Paraguay, Brasil, Bolivia y Uruguay, que operaban en la Argentina en el marco del “Plan Cóndor”. Los militares llamaban a ese centro "El Jardín".
A los genocidas se los juzgará por 65 de sus víctimas, entre las que se encuentran Carlos Hiber Santucho, Manuela Santucho, Cristina Silvia Navaja de Santucho, Carolina Sara Segal, Néstor Adolfo Rovegno, Marcelo Ariel Gelman Shubaroff y Nora E. Gelman Shubaroff.
El Juicio se desarrollará en la Sala SUM de los Tribunales de Comodoro Py 2002 (Retiro), a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1, integrado por los jueces Oscar Ricardo Amirante, Jorge Gestas y Adrián Grünberg. La Causa es la Nro. 1627 y se caratula “GUILLAMONDEGUI, Néstor Horacio y otros s/ privación ilegal de la libertad agravada y otros”.
Envío información sobre los querellantes y los imputados en la audiencia de Automotores Orletti. La fecha que aparece está mal, porque es la que se había elegido al principio, después el juicio fue pasado para el jueves 3 a las 10.00, como dijimos ayer. Dejo el link, por si se complica subir todo el texto al blog.
http://www.cij.gov.ar/nota-3367-Lesa-humanidad--fijan-fecha-para-el-juicio-oral-por-crimenes-en--Automotores-Orletti-.html
Saludos!
Lesa humanidad: fijan fecha para el juicio oral por crímenes en "Automotores Orletti"
Será el 1º de junio próximo, ante el TOF 1 de la Capital. Se investigan homicidios, secuestros e imposición de tormentos, en perjuicio de 65 víctimas, cometidos en aquel centro clandestino, que funcionó en el barrio de Flores. Son seis los imputados
El Tribunal Oral Federal Nº 1 de la Capital fijó para el próximo 1º de junio, a las 10, el inicio del juicio oral por crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención “Automotores Orletti”, entre el 11 de mayo y el 3 de noviembre de 1976.
En la causa están imputados Néstor Guillamondegui (ex vicecomodoro de la Fuerza Aérea), Rubén Visuara (ex coronel del Ejército), Eduardo Cabanillas (ex general de División del Ejército), Honorio Martínez Ruiz (ex agente de la SIDE), Raúl Guglielminetti (ex agente civil de inteligencia del Ejército) y Eduardo Ruffo (ex agente civil de inteligencia de la SIDE), por los delitos de privación ilegal de la libertad, imposición de tormentos y homicidio calificado, en perjuicio de 65 víctimas.
El centro clandestino “Automotores Orletti” se ubicó en Venancio Flores 3519/21, entre calles Emilio Lamarca y San Nicolás, en pleno barrio de Flores, en la Capital Federal, en una cuadra de viviendas comunes, y estuvo por entonces bajo el ámbito de la Secretaría de Inteligencia del Estado.
La causa, en su etapa de instrucción, tramitó por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3, Secretaría N° 6, bajo el N° 2.637/04, y corrió por cuerda de la causa N° 14.216/03 del mismo tribunal y secretaría, donde se investigan los hechos que habrían tenido lugar en la órbita del Cuerpo Primero del Ejército Argentino. Actualmente, la causa está registrada bajo el Nº 1.627, del registro del TOF 1.
El tribunal está integrado por los jueces Adrián Grunberg, Oscar Amirante y Jorge Gettas.
Interviene en la causa la Unidad para Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado de la Procuración General de la Nación, representada por los fiscales Mirna Goransky y Pablo Enrique Ouviña y la fiscal ad hoc Viviana Mabel Sánchez.
A su vez, a la fecha intervienen como querellantes Eduardo Luis Duhalde, secretario de Derechos Humanos de la Nación, y Carolina Varsky, Alcira E. Ríos, Rodolfo N. Yanzón, María Mónica González Vivero, Luz Palmás Zaldúa, Oscar Adrián Gómez, Roberto Marcelo Buigo, Pablo Gustavo Llonto, Gonzalo Romero y Pablo Enrique Barbuto, representantes de familiares de algunas de las personas que aparecen como víctimas de los hechos investigados, siendo que, a su vez, la Dra. Varsky representa también al Centro de Estudios Legales y Sociales y el Dr. Yanzón a la Fundación Liga Argentina por los Derechos Humanos.
La situación de los imputados
Néstor Horacio Guillamondegui (vicecomodoro -R.- de la Fuerza Aérea Argentina y jefe del Departamento Operaciones Tácticas I de la ex SIDE, de la que habría dependido la base OT 18 donde habría funcionado el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputan los delitos de homicidio calificado por alevosía –un caso-, de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 52 oportunidades -siete de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- y de imposición de tormentos, reiterado en 52 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 80, inciso 2º; 144 bis, inc. 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor mediato y en concurso real entre sí.
Rubén Víctor Visuara (coronel -R.- del Ejército Argentino y jefe del Departamento Operaciones Tácticas I de la ex SIDE, de la que habría dependido la base OT 18 donde habría funcionado el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputan los delitos de homicidio calificado por alevosía reiterado en cinco casos, de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 18 oportunidades -cuatro de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- y de imposición de tormentos, reiterado en 18 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 80, inciso 2º; 144 bis, inc. 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor mediato y en concurso real entre sí.
Eduardo Rodolfo Cabanillas (general de División –R.- del Ejército Argentino, capitán al momento de los hechos, presunto subjefe de la base OT 18 donde habría funcionado el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputan los delitos de homicidio calificado por alevosía reiterado en cinco casos, de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 29 oportunidades -cuatro de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- y de imposición de tormentos, reiterado en 29 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 80, inciso 2º; 144 bis, inc. 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor mediato y en concurso real entre sí.
Honorio Carlos Martínez Ruiz (ex agente de la ex SIDE al momento de los hechos, que se habría desempeñado en el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputa el delito de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 65 oportunidades -siete de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- en concurso real con el de imposición de tormentos, reiterado en 65 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 144 bis, inciso 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de partícipe necesario.
Raúl Antonio Guglielminetti (personal civil de inteligencia del Ejército Argentino al momento de los hechos, que se habría desempeñado en el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputa el delito de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 25 oportunidades -dos de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- en concurso real con el de imposición de tormentos, reiterado en 25 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 144 bis, inciso 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor material.
Eduardo Alfredo Ruffo (agente de la ex SIDE al momento de los hechos, que se habría desempeñado en el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputa el delito de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 65 oportunidades -siete de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- en concurso real con el de imposición de tormentos, reiterado en 65 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 144 bis, inciso 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor material.
Para más información, visite el Especial Primer Cuerpo de Ejército
Subject: H.I.J.O.S.- 3/6, 14 hs.: PENAL CONTRA LA IMPUNIDAD- comienza Juicio a 6 represores de "Automotores Orletti"
From: giselle@hijos-capital.org.ar
EN EL MES DEL MUNDIAL: ¡PENAL CONTRA LA IMPUNIDAD!
PONETE LA CAMISETA POR EL JUICIO Y CASTIGO A LOS GENOCIDAS
¡Y VENÍ A PATEAR POR LA JUSTICIA!
Jueves 3/6, 14:00 horas- actividad frente a los Tribunales de Comodoro Py 2002 - Retiro
COMIENZA EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO A SEIS REPRESORES DEL EX CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN, TORTURA Y EXTERMINIO "AUTOMOTORES ORLETTI"
H.I.J.O.S.
Gacetilla de prensa
Nuevo Juicio a represores en la Ciudad de Buenos Aires
El jueves 3 de junio a las 10:00 horas comenzarán a ser juzgados seis responsables del ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio "Automotores Orletti", ubicado en Venancio Flores 3519/21-Floresta, que dependía del Primer Cuerpo del Ejército Argentino en conexión con el de Uruguay y con la Superintendencia de Policía Federal, que dirigía los interrogatorios y las torturas.
El espacio funcionó entre mayo y noviembre de 1976 como un Centro Clandestino en el que hubo alrededor de 300 detenidos-desaparecidos, de los cuales sólo unos pocos sobrevivieron. Bajo la fachada de un taller de reparación de automóviles, Orletti fue utilizado como base principal de las fuerzas de inteligencia de Chile, Paraguay, Brasil, Bolivia y Uruguay, que operaban en la Argentina en el marco del “Plan Cóndor”. Hoy, el espacio fue recuperado para la promoción y defensa de la memoria y los Derechos Humanos
A los genocidas se los juzgará por los crímenes cometidos contra 65 de sus víctimas, entre las que se encuentran Carlos Hiber Santucho, Manuela Santucho, Cristina Silvia Navaja de Santucho, Carolina Sara Segal, Néstor Adolfo Rovegno, Marcelo Ariel Gelman Shubaroff y Nora E. Gelman Shubaroff.
Los imputados en este juicio son los genocidas Néstor Horacio Guillamondegui, Rubén Víctor Visuara, Eduardo Rodolfo Cabanillas, Honorio Carlos Martínez Ruíz, Raúl Antonio Guglielminetti (actualmente también imputado por el TOF 2 en la causa por crímenes en los centros Atlético-Banco-Olimpo) y Eduardo Alfredo Ruffo.
El Juicio se desarrollará en la Sala SUM de los Tribunales de Comodoro Py 2002 (Retiro), a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1, integrado por los jueces Oscar Ricardo Amirante, Jorge Gestas y Adrián Grünberg. La Causa es la Nro. 1627 y se caratula “GUILLAMONDEGUI, Néstor Horacio y otros s/ privación ilegal de la libertad agravada y otros”.
ACREDITACIONES: 9:30 horas en el 6º piso de los Tribunales de Comodoro Py 2002, Retiro. Mayores de 18 años con DNI o pasaporte.
LOS JUZGA UN TRIBUNAL, PERO LOS CONDENAMOS TODOS
H.I.J.O.S.
Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
15 años
www.hijos-capital.org.ar
hijos@hijos-capital.org.ar
Date: Sun, 30 May 2010 23:35:34 -0100
Subject: De H.I.J.O.S., para los periodistas: nuevo Juicio y permiten tomar imágenes!
From: giselle@hijos-capital.org.ar
Compañeros y compañeras:
Hola. Nos ponemos en contacto con ustedes, una vez más, porque el jueves 3 de junio a las 10:00 horas comenzará otro Juicio oral y público a genocidas. En este caso será el Juicio por el ex Centro Clandestino "Automotores Orletti", cuya primer audiencia será en la Sala AMIA, ubicada en el subsuelo de los Tribunales de Comodoro Py 2002 (las siguientes serán en la Sala SUM). El Tribunal a cargo es el Oral en lo Criminal Federal Nº 1.
Una vez más les pedimos su apoyo para luchar juntos por la publicidad plena de estos debates. Sabemos que juntos podemos más, y ustedes, con sus cámaras, son imprescindibles. Por eso los convocamos a acreditarse para la audiencia, enviando previamente un e-mail a prensa.poderjudicial@csjn.gov.ar Además, les adjuntamos la cédula emitida por el Tribunal, en la que expone los criterios de cobertura. Como podrán leer ahí, el Tribunal permite tomar imágenes de los imputados.
Esperamos contar con ustedes, una vez más. Y les pedimos que reproduzcan este mensaje entre los compañeros de prensa que puedan sumarse.
Luego, a las 14:00 horas comenzará la actividad en la puerta de los Tribunales.
LOS JUZGA UN TRIBUNAL, LOS CONDENAMOS TODOS.
PONETE LA CAMISETA POR EL JUICIO Y CASTIGO
H.I.J.O.S.
Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
15 años
hijos@hijos-capital.org.ar
www.hijos-capital.org.ar
MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL JUICIO:
El jueves 3 de junio comenzará otro Juicio oral y público por los crímenes cometidos durante la última dictadura cívico-militar. Esta vez será el turno de juzgar a los genocidas Néstor Horacio Guillamondegui, Rubén Víctor Visuara, Eduardo Rodolfo Cabanillas, Honorio Carlos Martínez Ruíz, Raúl Antonio Guglielminetti (quien además es juzgado por el circuito represivo Club Atlético-Banco-Olimpo, ABO) y Eduardo Alfredo Ruffo.
Los seis represores serán juzgados por su participación en el ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio "Automotores Orletti", ubicado en Venancio Flores 3519/21-Floresta, que dependía del Primer Cuerpo del Ejército Argentino en conexión con el de Uruguay. Además, la Superintendencia de Policía Federal dirigía los interrogatorios.
El espacio, que fue recuperado para la promoción y defensa de la memoria y los Derechos Humanos, entre mayo y noviembre de 1976 funcionó como un Centro Clandestino en el que hubo alrededor de 300 detenidos-desaparecidos, de los cuales sólo unos pocos sobrevivieron. Bajo la fachada de un taller de reparación de automóviles, Orletti fue utilizado como base principal de las fuerzas de inteligencia de Chile, Paraguay, Brasil, Bolivia y Uruguay, que operaban en la Argentina en el marco del “Plan Cóndor”. Los militares llamaban a ese centro "El Jardín".
A los genocidas se los juzgará por 65 de sus víctimas, entre las que se encuentran Carlos Hiber Santucho, Manuela Santucho, Cristina Silvia Navaja de Santucho, Carolina Sara Segal, Néstor Adolfo Rovegno, Marcelo Ariel Gelman Shubaroff y Nora E. Gelman Shubaroff.
El Juicio se desarrollará en la Sala SUM de los Tribunales de Comodoro Py 2002 (Retiro), a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1, integrado por los jueces Oscar Ricardo Amirante, Jorge Gestas y Adrián Grünberg. La Causa es la Nro. 1627 y se caratula “GUILLAMONDEGUI, Néstor Horacio y otros s/ privación ilegal de la libertad agravada y otros”.
Envío información sobre los querellantes y los imputados en la audiencia de Automotores Orletti. La fecha que aparece está mal, porque es la que se había elegido al principio, después el juicio fue pasado para el jueves 3 a las 10.00, como dijimos ayer. Dejo el link, por si se complica subir todo el texto al blog.
http://www.cij.gov.ar/nota-3367-Lesa-humanidad--fijan-fecha-para-el-juicio-oral-por-crimenes-en--Automotores-Orletti-.html
Saludos!
Lesa humanidad: fijan fecha para el juicio oral por crímenes en "Automotores Orletti"
Será el 1º de junio próximo, ante el TOF 1 de la Capital. Se investigan homicidios, secuestros e imposición de tormentos, en perjuicio de 65 víctimas, cometidos en aquel centro clandestino, que funcionó en el barrio de Flores. Son seis los imputados
El Tribunal Oral Federal Nº 1 de la Capital fijó para el próximo 1º de junio, a las 10, el inicio del juicio oral por crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención “Automotores Orletti”, entre el 11 de mayo y el 3 de noviembre de 1976.
En la causa están imputados Néstor Guillamondegui (ex vicecomodoro de la Fuerza Aérea), Rubén Visuara (ex coronel del Ejército), Eduardo Cabanillas (ex general de División del Ejército), Honorio Martínez Ruiz (ex agente de la SIDE), Raúl Guglielminetti (ex agente civil de inteligencia del Ejército) y Eduardo Ruffo (ex agente civil de inteligencia de la SIDE), por los delitos de privación ilegal de la libertad, imposición de tormentos y homicidio calificado, en perjuicio de 65 víctimas.
El centro clandestino “Automotores Orletti” se ubicó en Venancio Flores 3519/21, entre calles Emilio Lamarca y San Nicolás, en pleno barrio de Flores, en la Capital Federal, en una cuadra de viviendas comunes, y estuvo por entonces bajo el ámbito de la Secretaría de Inteligencia del Estado.
La causa, en su etapa de instrucción, tramitó por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3, Secretaría N° 6, bajo el N° 2.637/04, y corrió por cuerda de la causa N° 14.216/03 del mismo tribunal y secretaría, donde se investigan los hechos que habrían tenido lugar en la órbita del Cuerpo Primero del Ejército Argentino. Actualmente, la causa está registrada bajo el Nº 1.627, del registro del TOF 1.
El tribunal está integrado por los jueces Adrián Grunberg, Oscar Amirante y Jorge Gettas.
Interviene en la causa la Unidad para Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado de la Procuración General de la Nación, representada por los fiscales Mirna Goransky y Pablo Enrique Ouviña y la fiscal ad hoc Viviana Mabel Sánchez.
A su vez, a la fecha intervienen como querellantes Eduardo Luis Duhalde, secretario de Derechos Humanos de la Nación, y Carolina Varsky, Alcira E. Ríos, Rodolfo N. Yanzón, María Mónica González Vivero, Luz Palmás Zaldúa, Oscar Adrián Gómez, Roberto Marcelo Buigo, Pablo Gustavo Llonto, Gonzalo Romero y Pablo Enrique Barbuto, representantes de familiares de algunas de las personas que aparecen como víctimas de los hechos investigados, siendo que, a su vez, la Dra. Varsky representa también al Centro de Estudios Legales y Sociales y el Dr. Yanzón a la Fundación Liga Argentina por los Derechos Humanos.
La situación de los imputados
Néstor Horacio Guillamondegui (vicecomodoro -R.- de la Fuerza Aérea Argentina y jefe del Departamento Operaciones Tácticas I de la ex SIDE, de la que habría dependido la base OT 18 donde habría funcionado el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputan los delitos de homicidio calificado por alevosía –un caso-, de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 52 oportunidades -siete de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- y de imposición de tormentos, reiterado en 52 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 80, inciso 2º; 144 bis, inc. 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor mediato y en concurso real entre sí.
Rubén Víctor Visuara (coronel -R.- del Ejército Argentino y jefe del Departamento Operaciones Tácticas I de la ex SIDE, de la que habría dependido la base OT 18 donde habría funcionado el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputan los delitos de homicidio calificado por alevosía reiterado en cinco casos, de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 18 oportunidades -cuatro de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- y de imposición de tormentos, reiterado en 18 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 80, inciso 2º; 144 bis, inc. 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor mediato y en concurso real entre sí.
Eduardo Rodolfo Cabanillas (general de División –R.- del Ejército Argentino, capitán al momento de los hechos, presunto subjefe de la base OT 18 donde habría funcionado el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputan los delitos de homicidio calificado por alevosía reiterado en cinco casos, de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 29 oportunidades -cuatro de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- y de imposición de tormentos, reiterado en 29 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 80, inciso 2º; 144 bis, inc. 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor mediato y en concurso real entre sí.
Honorio Carlos Martínez Ruiz (ex agente de la ex SIDE al momento de los hechos, que se habría desempeñado en el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputa el delito de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 65 oportunidades -siete de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- en concurso real con el de imposición de tormentos, reiterado en 65 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 144 bis, inciso 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de partícipe necesario.
Raúl Antonio Guglielminetti (personal civil de inteligencia del Ejército Argentino al momento de los hechos, que se habría desempeñado en el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputa el delito de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 25 oportunidades -dos de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- en concurso real con el de imposición de tormentos, reiterado en 25 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 144 bis, inciso 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor material.
Eduardo Alfredo Ruffo (agente de la ex SIDE al momento de los hechos, que se habría desempeñado en el centro de detención “Automotores Orletti”): se le imputa el delito de privación ilegal de la libertad agravada por su comisión mediante violencia o amenazas, reiterado en 65 oportunidades -siete de ellas calificadas además por su duración superior a un mes- en concurso real con el de imposición de tormentos, reiterado en 65 ocasiones, previstos y reprimidos por los artículos 144 bis, inciso 1º y último párrafo -versión según ley 14.616- en función del 142, incs. 1º y 5º y 144 ter, primer párrafo -texto de la citada ley-, todos ellos del Código Penal, en calidad de autor material.
Para más información, visite el Especial Primer Cuerpo de Ejército
lunes, 31 de mayo de 2010
DEVOLUCION TP 3
Sobre el concepto de empresario social: no debe confundirse con “clase empresarial”, la palabra “empresario” es metafórica en este sentido. Se refiere a que el “empresario” es quien aporta sobre todo en los inicios de un movimiento los recursos movilizables más importantes para darle impulso. Entre esos recursos está el prestigio del que es portador su figura, lo que permite hacer llegar las banderas del movimiento a públicos más amplios, capacidad de lobby, de presión, llegada en los medios, etc. Es cierto que terminológicamente el término en inglés “social entrepreneur” puede inducir a equívoco. Para mí por ejemplo sería más adecuada “promotores o patrocinantes calificados” Los ejemplos de Delía, Castells, DeAngelis,etc. no son del todo válidos porque la idea no alude solamente a líderes o dirigentes sociales sino a quienes por sí mismos aportan recursos que impulsan el movimiento. Los recursos de estos dirigentes fueron construidos justamente por la militancia en los movimientos. En nuestro país el caso más reciente y nítido es el de Nito Artaza, que de paso, es también un empresario del espectáculo y ahora político. El, acompañado por otras figuras del espectáculo y algún ex jugador de fútbol, patrocinó de manera directa al movimiento de ahorristas estafados que casi no tenía recursos previos. En cierta medida, cuando figuras intelectuales o de la academia y la cultura se involucran en movimientos con funciones organizadoras o de alta exposición pública asumen la posición de empresario social.
En la 1 Camila dice lo mismo que Gabriela ¿es casualidad o un caso más de free rider? En la 2 no se contesta acerca de las soluciones y el ejemplo tampoco es ilustrativo. No se menciona el recurso quizás el más importante movilizado por las Madres que impedía una acción represiva mayor. ¿cuál es?
Es muy bueno el ejemplo de María E. Almirón de solución al dilema del free rider en la cooperativa del MOI.
En la 1 Camila dice lo mismo que Gabriela ¿es casualidad o un caso más de free rider? En la 2 no se contesta acerca de las soluciones y el ejemplo tampoco es ilustrativo. No se menciona el recurso quizás el más importante movilizado por las Madres que impedía una acción represiva mayor. ¿cuál es?
Es muy bueno el ejemplo de María E. Almirón de solución al dilema del free rider en la cooperativa del MOI.
viernes, 7 de mayo de 2010
La próxima clase del lunes 10/05 es virtual.
La clase del próximo lunes es no presencial. Al efecto Uds. verán en el blog una entrada con texto de apoyo y TP correspondientes a los textos de Lichbach, Elster y Craig Jenkins que están en la fotocopiadora. Tienen que hacerlo antes del 17/05.
El lunes 17/05 se verá específicamente el texto de Jenkins.
Saludos.
El lunes 17/05 se verá específicamente el texto de Jenkins.
Saludos.
Trabajo Práctico Unidad 3 (Elster, Lichbach y C.Jenkins) y Texto de apoyo teórico
ALGUNOS ELEMENTOS TEORICOS PARA ENTENDER EL ENFOQUE DE LA ELECCION RACIONAL EN LA ACCIÓN COLECTIVA
Los desarrollos más difundidos de la teoría sociológica en los ’90 pasan por lo que se ha denominado "individualismo metodológico". Contrariamente a lo que pueda pensarse estos enfoques han arraigado incluso en importantes autores neomarxistas como A. Przeworsky, E. Olin Wright y otros. Según este enfoque los conceptos "colectivos" pueden y deben ser reconstruidos en términos de elecciones adoptadas por sujetos diestros que evaluan alternativas y se atienen a algunas reglas de decisión. En estos enfoques se les reconoce a los sujetos "competencia estratégica", es decir, capacidad para orientarse de manera conveniente ante el comportamiento de los otros. En este sentido, el individualismo metodológico reconoce una matriz dentro de la economía neoclásica pero fundamentalmente dentro de la llamada "teoría de los juegos" que intenta predecir las estrategias más probables de un actor dada una situación y un comportamiento de otros actores.Así, por ej., Przeworsky analiza la racionalidad estratégica de la opción obrera por la socialdemocracia europea dadas las relaciones de poder y comportamientos de la burguesía. Un ejemplo de este mismo autor es el de la huelga obrera: es un hecho sin dudas colectivo pero no puede obviarse que a cada obrero en particular, a cada obrero en sí mismo, le conviene no hacer huelga y que los demás sí la hagan: de esta manera cobra el aumento si se consigue (los aumentos son "bienes públicos" que no discriminan entre quienes hicieron huelga y quienes no) y si no se consigue no corre los riesgos de la lucha (despidos, descuentos, etc. que sí son "privados" y no públicos). Por tanto, toda acción colectiva debe estar preparada para resolver este dilema y contrarrestar la propensión individual a la pasividad (teorema de Olson).En el conocido libro de Elster "Tuercas y Tornillos. Una introducción a los conceptos básicos de las ciencias sociales", Gedisa, Barcelona, 1993, se plantea el comportamiento social como una forma de arbitrar entre Deseos y Oportunidades: el sujeto evalúa la situación de acuerdo a sus deseos y eventualmente aprovecha las oportunidades que encuentra para realizarlos. Si no encuentra oportunidades busca reducir la frustración reduciendo sus apetencias o cambiando las preferencias.Pero es claro que deseos/oportunidades no son independientes sino interdependientes: los deseos pueden generar o inhibir oportunidades ausentes o disponibles, y las oportunidades generar deseos o inhibirlos. "Donde la naturaleza es demasiado pródiga no hay necesidad y donde es escasa no hay oportunidad"En el largo plazo, cuentan las oportunidades ya que ellas son producto y modelan los deseos. El deseo de aumentar las oportunidades no es obvio ni universal, y la autolimitación de oportunidades también es una conducta equilibradora que intenta evitar la frustración.Cuando las acciones entre dos sujetos están recíprocamente referidas, es decir, cuando uno intenta ajustar su acción a la acción del otro, la estrategia dominante o "mejor respuesta" a todos los movimientos del oponente, lleva al llamado dilema del prisionero en el que ambos esperan que el otro no coopere pues saben que para ambos la tentación de aprovechar el beneficio sin costo de la cooperación unilateral es más grande que el beneficio de una cooperación mancomunada. Ambos esperan aprovechar la cooperación unilateral del otro, o esperan que el otro coopere para no cooperar y alcanzar algún beneficio sin costos. Se produce así un resultado colectivamente desastroso pero el más racional desde el punto de vista individual al mismo tiempo. El riesgo de cooperar ante la incertidumbre del otro hace irracional la cooperación, mucho más cuando se sabe con certeza la racionalidad del otro que hace el mismo cálculo. El carácter paradójico de la acción cooperativa y sus racionalidades imposibles se multiplican: Elster dice que la pasión sirve mal a la pasión. La mejor manera de apartarse de la racionalidad es ser racional. Los esclavos sirven mejor si son algo autónomos, etc. Elster también encuentra que los sujetos pueden encontrar racionalidad en los perjuicios o a través de gratificaciones sustitutivas: la imposibilidad de pruebas que fundamenten decisiones tiende a eludirse reemplazándola por creencias míticas que me permiten seguir resistiendo a que las cosas no son como deseo (principio del placer o gratificación inmediata): cuando las pruebas van en contra, sigo buscando hasta que me den a favor. Así mis creencias pueden perjudicarme aunque me gratifiquen. Las creencias no son irracionales si producen placer, autoestima, etc. y no se puede decidir creer o como creer.Otra paradoja importante es la de la espontaneidad: si cedo a la espontaneidad disminuiré las oportunidades futuras de comportarme así. La valorización de lo espontáneo requiere preocupaciones no espontáneas. En realidad, estas paradojas ya habían sido establecidas por Platón y magistralmente formuladas por Hegel: "el hombre está condenado a ser libre haciéndose esclavo de la ley". Todo ello da lugar a una profunda necesidad de reflexionar sobre el concepto hoy muy en boga de "autonomía".El supuesto teórico fuerte y discutible por cierto es la Tesis de la inexistencia de la voluntad popular: el individuo puede saber qué quiere y la sociedad no. En el individuo entre la decisión y la ejecución no hay interferencia alguna salvo problemas neuromotores, etc. , la sociedad solo lo resuelve en la interacción entre individuos.Las paradojas de la acción colectiva están en la imagen de la bandera colectiva en la marcha del texto: los participantes no pueden gozarla más que destruyéndola.El Problema de la acción colectiva (AC) : es mejor que lo hagan muchos que que no lo haga nadie, pero es mejor para cada uno no hacerlo. Cooperar es actuar en contra del interés propio de manera que beneficie a muchos solamente si todos actúan de ese modo. Esta es la base de la perversa tendencia de la racionalidad individual a generar desastre colectivo. Si todos actúan mi contribución es innecesaria y la tendencia a capitalizar el esfuerzo de los demás, grande. Si nadie actúa, desde ya que no actúo.La curva de beneficios lineal basada en que cada contribución de cada cooperador añadido es igual en el tiempo, tiene pendientes paralelas ascendentes iguales y por tanto, nunca se tocan y siempre es conveniente esperar el esfuerzo de los demás.Sin embargo, puede haber contribuciones no lineales: los primeros y los últimos generalmente no tienen importancia, también puede que sean perjudiciales (represión a circunstantes) o que el exceso de cooperación más allá de un punto se convierte en caos perjudicial.En las soluciones al problema de la AC se impone el reforzamiento de soluciones (interés propio, normas, altruismo, etc.): la esperanza confirmada de reciprocidad, coopera en la primer ronda, coopera en la segunda solo si el resto cooperó en la primera, etc.Según Elster se pueden tipificar 3 figuras calculadoras frente a la acción colectiva: -los kantianos que obran de acuerdo a la máxima de lo mejor universal y por tanto no consideran ni los perjuicios que sufren ellos mismos ni los costos que puedan ocasionar a los demás; - los utilitarios que esperarán que los kantianos comiencen y que la cantidad de seguidores signifique que con su propia cooperación el umbral de beneficios para los cooperadores superara sus costos; - los que siguen la norma de justicia que esperarán que la cantidad de cooperantes posibilite un beneficio medio favorable aunque no todavía para los cooperantes.El utilitario participa cuando el beneficio esperado con su participación se vuelve positivo. El justiciero lo hace cuando el beneficio general se vuelve positivo. De acuerdo a las trayectorias esperadas de beneficios propios y colectivos, los kantianos pueden ser detonantes catalizadores de los justicieros y los utilitarios, y estos son multiplicadores de los kantianos. La "reacción en cadena" puede llegar a la cooperación universal aunque no sea conveniente. El texto de M. Lichbach busca encontrar dentro mismo de los supuestos del individualismo metodológico no la explicación de la pasividad, sino las formas de resolver o superar la parálisis a la que se someten los individuos merced el dilema del rebelde. Así encuentra que existen tanto soluciones de incentivos directos o indirectos, reducción de costos, etc. (soluciones de mercado) pero también soluciones de tipo contractual (basadas en el dilema de seguridad) o soluciones no maximizadoras basadas en identidades, creencias o convicciones (soluciones comunitaristas) o simplemente en obediencia y jerarquía (soluciones jerárquicas).
TRABAJO PRACTICO UNIDAD 3 Sobre textos de Elster, Lichbach, y Craig Jenkins
1) Cómo se comporta Ud. Ante una acción colectiva: como un kantiano, como un utilitario o como un liberal democrático justiciero.
2) Busque dos ejemplos de formas de solución predominantes de control de los free riders (colados, oportunistas) o soluciones del dilema del rebelde por parte de organizaciones sociales: 1) en su experiencia propia de participación en movimientos u organizaciones colectivas, 2) en las revoluciones vistas en clase.
3) Sobre el texto de Craig Jenkins (tome uno de 4)
A) En los procesos de movilización social en la Argentina ¿Quiénes podrían encajar con la figura de “empresario” social o político respecto de los movimientos sociales?.
B) Tome un movimientos social cualquiera (desde piqueteros hasta HIJOS) y analice todos los tipos de recursos tangibles / no tangibles, etc. movilizados y su importancia. ¿es igual o no a los casos mencionados por Jenkins en EEUU?
C) Mencione algunos factores políticos importantes que han favorecido la aparición de Mov. Sociales en los últimos años en nuestro país ¿Cuáles serían las oportunidades políticas que han aprovechado?.
D) Desde el punto de vista de la movilización de recursos elija algún proceso revolucionario de los vistos en clase y conteste ¿Qué recursos fueron movilizados durante ese proceso revolucionario?
Los desarrollos más difundidos de la teoría sociológica en los ’90 pasan por lo que se ha denominado "individualismo metodológico". Contrariamente a lo que pueda pensarse estos enfoques han arraigado incluso en importantes autores neomarxistas como A. Przeworsky, E. Olin Wright y otros. Según este enfoque los conceptos "colectivos" pueden y deben ser reconstruidos en términos de elecciones adoptadas por sujetos diestros que evaluan alternativas y se atienen a algunas reglas de decisión. En estos enfoques se les reconoce a los sujetos "competencia estratégica", es decir, capacidad para orientarse de manera conveniente ante el comportamiento de los otros. En este sentido, el individualismo metodológico reconoce una matriz dentro de la economía neoclásica pero fundamentalmente dentro de la llamada "teoría de los juegos" que intenta predecir las estrategias más probables de un actor dada una situación y un comportamiento de otros actores.Así, por ej., Przeworsky analiza la racionalidad estratégica de la opción obrera por la socialdemocracia europea dadas las relaciones de poder y comportamientos de la burguesía. Un ejemplo de este mismo autor es el de la huelga obrera: es un hecho sin dudas colectivo pero no puede obviarse que a cada obrero en particular, a cada obrero en sí mismo, le conviene no hacer huelga y que los demás sí la hagan: de esta manera cobra el aumento si se consigue (los aumentos son "bienes públicos" que no discriminan entre quienes hicieron huelga y quienes no) y si no se consigue no corre los riesgos de la lucha (despidos, descuentos, etc. que sí son "privados" y no públicos). Por tanto, toda acción colectiva debe estar preparada para resolver este dilema y contrarrestar la propensión individual a la pasividad (teorema de Olson).En el conocido libro de Elster "Tuercas y Tornillos. Una introducción a los conceptos básicos de las ciencias sociales", Gedisa, Barcelona, 1993, se plantea el comportamiento social como una forma de arbitrar entre Deseos y Oportunidades: el sujeto evalúa la situación de acuerdo a sus deseos y eventualmente aprovecha las oportunidades que encuentra para realizarlos. Si no encuentra oportunidades busca reducir la frustración reduciendo sus apetencias o cambiando las preferencias.Pero es claro que deseos/oportunidades no son independientes sino interdependientes: los deseos pueden generar o inhibir oportunidades ausentes o disponibles, y las oportunidades generar deseos o inhibirlos. "Donde la naturaleza es demasiado pródiga no hay necesidad y donde es escasa no hay oportunidad"En el largo plazo, cuentan las oportunidades ya que ellas son producto y modelan los deseos. El deseo de aumentar las oportunidades no es obvio ni universal, y la autolimitación de oportunidades también es una conducta equilibradora que intenta evitar la frustración.Cuando las acciones entre dos sujetos están recíprocamente referidas, es decir, cuando uno intenta ajustar su acción a la acción del otro, la estrategia dominante o "mejor respuesta" a todos los movimientos del oponente, lleva al llamado dilema del prisionero en el que ambos esperan que el otro no coopere pues saben que para ambos la tentación de aprovechar el beneficio sin costo de la cooperación unilateral es más grande que el beneficio de una cooperación mancomunada. Ambos esperan aprovechar la cooperación unilateral del otro, o esperan que el otro coopere para no cooperar y alcanzar algún beneficio sin costos. Se produce así un resultado colectivamente desastroso pero el más racional desde el punto de vista individual al mismo tiempo. El riesgo de cooperar ante la incertidumbre del otro hace irracional la cooperación, mucho más cuando se sabe con certeza la racionalidad del otro que hace el mismo cálculo. El carácter paradójico de la acción cooperativa y sus racionalidades imposibles se multiplican: Elster dice que la pasión sirve mal a la pasión. La mejor manera de apartarse de la racionalidad es ser racional. Los esclavos sirven mejor si son algo autónomos, etc. Elster también encuentra que los sujetos pueden encontrar racionalidad en los perjuicios o a través de gratificaciones sustitutivas: la imposibilidad de pruebas que fundamenten decisiones tiende a eludirse reemplazándola por creencias míticas que me permiten seguir resistiendo a que las cosas no son como deseo (principio del placer o gratificación inmediata): cuando las pruebas van en contra, sigo buscando hasta que me den a favor. Así mis creencias pueden perjudicarme aunque me gratifiquen. Las creencias no son irracionales si producen placer, autoestima, etc. y no se puede decidir creer o como creer.Otra paradoja importante es la de la espontaneidad: si cedo a la espontaneidad disminuiré las oportunidades futuras de comportarme así. La valorización de lo espontáneo requiere preocupaciones no espontáneas. En realidad, estas paradojas ya habían sido establecidas por Platón y magistralmente formuladas por Hegel: "el hombre está condenado a ser libre haciéndose esclavo de la ley". Todo ello da lugar a una profunda necesidad de reflexionar sobre el concepto hoy muy en boga de "autonomía".El supuesto teórico fuerte y discutible por cierto es la Tesis de la inexistencia de la voluntad popular: el individuo puede saber qué quiere y la sociedad no. En el individuo entre la decisión y la ejecución no hay interferencia alguna salvo problemas neuromotores, etc. , la sociedad solo lo resuelve en la interacción entre individuos.Las paradojas de la acción colectiva están en la imagen de la bandera colectiva en la marcha del texto: los participantes no pueden gozarla más que destruyéndola.El Problema de la acción colectiva (AC) : es mejor que lo hagan muchos que que no lo haga nadie, pero es mejor para cada uno no hacerlo. Cooperar es actuar en contra del interés propio de manera que beneficie a muchos solamente si todos actúan de ese modo. Esta es la base de la perversa tendencia de la racionalidad individual a generar desastre colectivo. Si todos actúan mi contribución es innecesaria y la tendencia a capitalizar el esfuerzo de los demás, grande. Si nadie actúa, desde ya que no actúo.La curva de beneficios lineal basada en que cada contribución de cada cooperador añadido es igual en el tiempo, tiene pendientes paralelas ascendentes iguales y por tanto, nunca se tocan y siempre es conveniente esperar el esfuerzo de los demás.Sin embargo, puede haber contribuciones no lineales: los primeros y los últimos generalmente no tienen importancia, también puede que sean perjudiciales (represión a circunstantes) o que el exceso de cooperación más allá de un punto se convierte en caos perjudicial.En las soluciones al problema de la AC se impone el reforzamiento de soluciones (interés propio, normas, altruismo, etc.): la esperanza confirmada de reciprocidad, coopera en la primer ronda, coopera en la segunda solo si el resto cooperó en la primera, etc.Según Elster se pueden tipificar 3 figuras calculadoras frente a la acción colectiva: -los kantianos que obran de acuerdo a la máxima de lo mejor universal y por tanto no consideran ni los perjuicios que sufren ellos mismos ni los costos que puedan ocasionar a los demás; - los utilitarios que esperarán que los kantianos comiencen y que la cantidad de seguidores signifique que con su propia cooperación el umbral de beneficios para los cooperadores superara sus costos; - los que siguen la norma de justicia que esperarán que la cantidad de cooperantes posibilite un beneficio medio favorable aunque no todavía para los cooperantes.El utilitario participa cuando el beneficio esperado con su participación se vuelve positivo. El justiciero lo hace cuando el beneficio general se vuelve positivo. De acuerdo a las trayectorias esperadas de beneficios propios y colectivos, los kantianos pueden ser detonantes catalizadores de los justicieros y los utilitarios, y estos son multiplicadores de los kantianos. La "reacción en cadena" puede llegar a la cooperación universal aunque no sea conveniente. El texto de M. Lichbach busca encontrar dentro mismo de los supuestos del individualismo metodológico no la explicación de la pasividad, sino las formas de resolver o superar la parálisis a la que se someten los individuos merced el dilema del rebelde. Así encuentra que existen tanto soluciones de incentivos directos o indirectos, reducción de costos, etc. (soluciones de mercado) pero también soluciones de tipo contractual (basadas en el dilema de seguridad) o soluciones no maximizadoras basadas en identidades, creencias o convicciones (soluciones comunitaristas) o simplemente en obediencia y jerarquía (soluciones jerárquicas).
TRABAJO PRACTICO UNIDAD 3 Sobre textos de Elster, Lichbach, y Craig Jenkins
1) Cómo se comporta Ud. Ante una acción colectiva: como un kantiano, como un utilitario o como un liberal democrático justiciero.
2) Busque dos ejemplos de formas de solución predominantes de control de los free riders (colados, oportunistas) o soluciones del dilema del rebelde por parte de organizaciones sociales: 1) en su experiencia propia de participación en movimientos u organizaciones colectivas, 2) en las revoluciones vistas en clase.
3) Sobre el texto de Craig Jenkins (tome uno de 4)
A) En los procesos de movilización social en la Argentina ¿Quiénes podrían encajar con la figura de “empresario” social o político respecto de los movimientos sociales?.
B) Tome un movimientos social cualquiera (desde piqueteros hasta HIJOS) y analice todos los tipos de recursos tangibles / no tangibles, etc. movilizados y su importancia. ¿es igual o no a los casos mencionados por Jenkins en EEUU?
C) Mencione algunos factores políticos importantes que han favorecido la aparición de Mov. Sociales en los últimos años en nuestro país ¿Cuáles serían las oportunidades políticas que han aprovechado?.
D) Desde el punto de vista de la movilización de recursos elija algún proceso revolucionario de los vistos en clase y conteste ¿Qué recursos fueron movilizados durante ese proceso revolucionario?
lunes, 22 de marzo de 2010
IDEAS GENIALES, DUDAS, CUESTIONAMIENTOS E INCONFORMISMOS CON....
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